martes, 2 de agosto de 2011

Hacia la sociedad del reciclado


El pasado 29 de julio el Boletín Oficial del Estado publicó el texto con la nueva Ley de residuos y suelos contaminados. Esta nueva Ley es consecuencia de la obligación del Gobierno de España de transponer al derecho interno la Directiva Marco de Residuos europea (que debía haberse materializado con anterioridad al mes de diciembre de 2010). En este mismo espacio ya hemos hablado de la urgente necesidad de acometer una profunda reforma de nuestra legislación en materia de residuos y en consecuencia aprobar una norma de estas características. Allá por el mes de marzo de este mismo año escribíamos en este blog sobre lo que denominábamos “La segunda Revolución de las Basuras” y advertíamos de las consecuencias que necesariamente debía tener para nuestros usos y costumbres y las repercusiones positivas para el maltrecho medio ambiente.

La Ley recientemente aprobada es prácticamente un calco de la Directiva Europea, con pocas novedades y aportaciones a mayores. No obstante, y pese a las críticas formuladas contra ella por las asociaciones ecologistas, las cuales querían ir más allá, estoy convencido de que su redacción va a suponer un avance positivo en la gestión de los residuos. Entre los aspectos más relevante de la nueva norma destacan el objetivo de reducción en la generación de residuos del 10% en un horizonte previsto para el año 2020, la implantación de los sistemas de depósito, devolución y retorno (SDDR) como sistemas de gestión de envases, la posibilidad de aplicar un canon a la incineración y al vertido o la certificación forestal de envases y etiquetas. Otra de las novedades más destacadas es la reducción paulatina del empleo de bolsas de un solo uso (las famosas bolsas del supermercado) hasta su desaparición definitiva que se cifra en el año 2018.

Sin embargo, han quedado fuera del texto mejoras que a los grupos ecologistas durante el trámite parlamentario les parecían imprescindibles, como son la implantación obligatoria de la recogida selectiva de la materia orgánica, la prohibición de la distribución gratuita de las bolsas de plástico de un solo uso o la exclusión de la incineración, como opción de gestión.

Uno de los hechos más destacados y controvertidos de la ley lo constituye la implantación de los sistemas de Depósito, Devolución y Retorno para la gestión de los envases. Un dato relevante que sin dudad ha condicionado la decisión del Gobierno es el hecho que en los países de la unión europea que tienen implantado este sistema se recuperan más del 80%  (hasta un 98,5% en Alemania, por ejemplo) de los residuos de envases, frente al escaso 30% que se recogen en España a través de los Sistemas Integrados de Gestión. La Asociación Retorna, impulsora de esta modalidad de gestión, defiende que la eficacia de los SIG es inferior a la de los sistemas de devolución y retorno.

Habrá que esperar al oportuno desarrollo reglamentario; pero yo personalmente considero esta ley como una oportunidad y no como una ocasión perdida para acercarnos a eso que se ha dado pomposamente en llamar la “Sociedad del Reciclaje”. Ahora bien, tendremos que esperar todavía un par de años para ver los efectos que esta norma trae a los sistemas municipales de gestión de residuos. Solo entonces estaremos en condiciones de hacer un nuevo balance de la situación y analizar los resultados obtenidos. De entrada, en los 12 años de vigencia de la anterior norma, el balance, en cuanto a reciclado de residuos, es bastante pobre. España durante los últimos años se ha resignado y ha abandonado la posibilidad de abanderar el liderazgo en materia de reciclado de residuos, incluso ha renunciado a situarse en los mismos niveles de aprovechamiento alcanzados por el resto de países de la unión europea. A partir de este mismo mes de agosto renace una nueva oportunidad. A ver si ahora sí la aprovechamos.

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