lunes, 4 de julio de 2011

El lucrativo negocio de los residuos de envases

Cuando era un chaval no existían los supermercados. Mi madre me mandaba a comprar a la tienda de ultramarinos de Mercedes, la mujer del taxista, que había cerca de casa. Generalmente se trataba de adquirir aquellos productos básicos que por olvido o urgencia no había adquirido ella y precisaba para elaborar la cena de ese día o la comida del siguiente.

Debo decir que el encargo no me resultaba grato y nunca lo hice de buena gana. El tiempo que empleaba en ir y volver de la tienda, un trayecto realmente corto; sin embargo, me privaba de realizar otras actividades para mi más apetecibles, como era jugar con los amigos del barrio. 

A la tienda de Mercedes debía ir provisto de la bolsa de tela en la que transportar los productos, e incluso del recipiente de vidrio cuando se trataba por ejemplo de comprar una gaseosa. Recuerdo perfectamente que a la entrega del casco de vidrio la tendera me daba en compensación 10 pesetas. Poco tiempo después se suprimió esta onerosa práctica e incluso se habilitó un sistema para desprenderse del vidrio en contenedores situados en la aceras. Del mismo modo fueron desapareciendo las bolsas multiusos de tela con las que era habitual ver a todas las amas de casa (los hombres no hacían la compra) dirigirse a por sus provisiones. Estos nuevos modos nos anunciaron la llegada del progreso.

En el año 1997 la actual y vigente Ley de Envases estableció para el casco de vidrio, los bricks, las botellas de plástico y las latas un Sistema de Pago, Devolución y Retorno, consistente justamente en recuperar aquella vieja práctica de entregar en la tienda en la que habíamos adquirido un producto el envase que lo contenía. A cambio el cliente o poseedor del envase percibía una cantidad que fijó el Ministerio correspondiente. En función del tamaño y tipo de envase la compensación económica podía alcanzar las 55 pesetas por envase.

Con este sistema se pretendía no solo reducir el consumo de envases sino, además, recuperar los residuos de los mismos para proceder a su adecuado reciclado. De esta manera España reducía las enormes distancias que le separaban del resto de países de la Unión Europea en materia de reciclado de residuos. Pero la Ley, como todas las leyes en España, tenía una puerta de atrás. Al mismo tiempo del Sistema de Pago, Devolución y Retorno estableció un sistema de gestión de envases alternativo que denominó Sistema Integrado de Gestión. Los envasadores acogidos a este sistema distinguían (y aún hoy distinguen) sus envases mediante un símbolo que se denominó Punto Verde. Un distintivo que permitía al usuario deshacerse del envase en el cubo de la basura sin compensación alguna. A cambio de ello, el Ayuntamiento sí percibiría una compensación económica por cada kg de envases que recogiera de forma selectiva. Es decir, el consumidor pagaba previamente al Sistema Integrado por el envase que había adquirido; pero el Sistema integrado compensaba al Ayuntamiento sólo por aquellos envases que fuera capaz de recuperar. Por poner un ejemplo que fácilmente se entienda: en la provincia de León de las más de 50.000 t de envases que se generan al año, los ayuntamientos son capaces de recuperar aproximadamente 3.000. O dicho de otra manera: el consumidor ha pagado envases por valor de 50.000 y la entidad local percibe una compensación económica por el valor de 3.000.

Las grandes superficies impusieron su criterio. No aceptarían ningún producto en sus estanterías cuyo envasador no se acogiese al Sistema Integrado de Gestión. Es decir, acababan de liquidar el Sistema de Pago, Devolución y Retorno. Es decir, el consumidor no percibiría ninguna compensación económica por la entrega responsable de su envase. Es decir, si el ciudadano quier reciclar sus residuos que le exija a su Ayuntamiento su recogida selectiva y, por su puesto, la pague.

No conozco a ningún ciudadano que desconozca el código de colores de los contenedores. No conozco ningún ciudadano que no sepa que el contenedor amarillo es para depositar envases ligeros, el azul para el papel cartón y el verde tipo iglú para el vidrio. El mensaje de los Sistemas Integrados a calado hondo en la ciudadanía. Los niños lo estudian en las escuelas. Pero igualmente no conozco a ningún ciudadano que haya sido compensado por la entrega de su envase, porque no existen envases acogidos a esta modalidad y, además, dudo mucho que exista un general conocimiento sobre el modelo del Sistema de Pago, Devolución y Retorno. También aquí el Sistema Integrado de Gestión ha realizado una espléndida labor al poner sordina a esta posibilidad.

Ni que decir tiene que todos estos sistemas de recogida selectiva que a partir de 1997 se implementaron por todo el territorio nacional trajeron consigo unos elevadísimos costes de recogida y tratamiento de los residuos, que endeudaron hasta el infinito las haciendas locales y generaron a su vez unas deudas con las empresas del sector astronómicas. Los Ayuntamientos no sólo debieron promover la recogida selectiva de los envases, dotar de nuevos contenedores específicos y de vehículos apropiados para la recogida, sino que tuvieron que desembolsar enormes sumas de dinero para financiar las infraestructuras de selección de los distintos materiales componentes de los envases. Los sistemas integrados de Gestión sólo compensan económicamente a las entidades si los materiales recogidos cumplían con las "Especificaciones Técnicas del Material", arbitrariamente determinadas por ellos mismos: tipo y características del contenedor, periodicidad de la recogida, ubicación, nivel de impropios, etc., etc.

El efecto de la vigente Ley de Envases fue perverso. Contrariamente al objetivo propuesto aumentó la cantidad de envases, dado que los propios envasadores y productores ahora habían adquirido el monopolio de su gestión. No es que el Sistema Integrado de Gestión financiara la gestión de los envases, sino que eran los ciudadanos los que doblemente financiaban al sistema integrado de Gestión y por consiguiente a sus integrantes los envasadores, productores y distribuidores. Doblemente, digo. Primero pagando como consumidor finalista el coste del llamado "Punto Verde", el que grava la puesta en el mercado del envase, y en segundo lugar al financiar la fabricación del envase al desprenderse graciosamente del valor del material del producto. ¿O es que el casco de vidrio, el plástico de la botella o el aluminio del bote que hemos pagado al adquirir el producto no tiene ningún valor económico?

El Sistema Integrado de Gestión nos achicharró con sus mensajes, que en resumen decían: ¡Sea usted civilizado, sea usted un buen ciudadano, entrégueme gratuitamente, sin compensación económica alguna el envase por el que pagó no sólo para su puesta en el mercado sino también por su valor en concepto de fabricación y material empleado en ella! Y, por supuesto, para que no nos sonrojara el vecino de alado, todos acudimos a la llamada de civismo y entregamos un residuo que aparentemente, sólo aparentemente, no tenía valor alguno.

Hoy el Ministerio de Medio Ambiente, en la Ley que se está tramitando en el Congreso de los Diputados, se ha planteado imponer el Sistema de Pago, Devolución y Retorno y acabar con las prácticas monopolistas de los Sistema Integrados de Gestión. La batalla que se avecina es dura. En poco tiempo veremos en qué acaba esta guerra.

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