El pasado mes de noviembre el EURIBOR a tres meses cerró a un tipo del 0,23%. Es decir, este es el valor medio al que se prestaron el dinero los bancos europeos entre sí. Este es un dato relevante para las economías domésticas porque es el valor de referencia para calcular el importe de las hipotecas. Si sube el EURIBOR sube nuestro recibo mensual de la hipoteca y si baja consecuentemente debería bajar también nuestro recibo. Pero lamentablemente el mecanismo no funciona de forma tan automática.
Cuando firmamos un préstamo con una entidad bancaria para adquirir una vivienda es habitual referir el precio del préstamo al índice EURIBOR, al que se le añade un diferencial. Pongamos por ejemplo, el 0,5 o el 0,9 o por ponernos en lo peor, el 1 por ciento. Es decir, deberemos pagar al banco por nuestro préstamo hipotecario el valor del EURIBOR + 1, por ejemplo.
Para un préstamo contratado en estas condiciones, si nuestra hipoteca se revisase el 1 de diciembre de este año 2013, la cuota que deberíamos pagar sería de 0,23+1; o lo que es lo mismo, el 1,23% de interés. La sorpresa de muchos hogares españoles se produce cuando se solicita en el registro de la propiedad las condiciones de su hipoteca y se observa atónito que el contrato firmado (generalmente consecuencia de una subrrogación) tiene una cláusula suelo y otra techo. La techo, generalmente roza la usura, del orden del 12%, la cláusula suelo se fija normalmente en el 2,5%. Esto significa que ocurra lo que ocurra y fluctúen como fluctúen los tipos de interés, el banco se garantiza una rentabilidad mínima del 2,5%. Si sube el EURIBOR, miel sobre hojuelas, más ganancia para el banco que se lleva su diferencial. Y si baja, miel sobre hojuelas también, porque la entidad bancaria tiene blindado su porcentaje de interés.
A simple vista parece que el banco juega con las cartas marcadas y que el riesgo de sus operaciones con los clientes más modestos es mínimo. Alguien podría decir que esto no es del todo cierto porque la entidad de crédito asume el riesgo del impago de la hipoteca. Pero esto es verdad sólo en alguna medida, porque en un elevado número de operaciones los bancos han obligado a sus clientes a suscribir un póliza de seguros que garantice el pago de la hipoteca en caso de fallecimiento del afectado y de otras circunstancias personales. Es decir, cinturón y tirantes.
A pesar de todo, especialmente del abuso de las entidades bancarias a la hora de fijar las condiciones de los contratos, en una negociación siempre basada en "lo tomas o lo dejas" y de la burda manipulación del EURIBOR detectada por las autoridades europeas, la indecente gestión que durante los últimos años han realizado los gestores de las entidades bancarias las ha llevado casi a la quiebra. Por esta razón han precisado el rescate económico que debemos ahora pagar todos los contribuyentes. También los que tienen una cláusula suelo en su contrato de hipoteca.
Alguien puede pensar que supuro por la herida. Pues es cierto, así es; pero no porque me afecten directamente las fluctuaciones del EURIBOR al recibo mensual de mi crédito hipotecario, porque en realidad no me afectan tan directamente. El interés que aplica la entidad bancaria a mi crédito no depende (solo) del valor del EURIBOR, sino que es una decisión que adopta libremente el Consejo de Ministros mediante un decreto. La indignación me embarga al comprobar que el Gobierno, arbitrariamente, para mayor gloria de las entidades bancarias (y mayor beneficio), en contra de los intereses de los ciudadanos a los que debería proteger, ha fijado el tipo de interés en el 3%. ¡¡¡Eso sí que es cláusula suelo!!! o si se quiere decir de otro modo, ha procurado a las entidades financieras un DOBLE RESCATE BANCARIO. Lo dicho: cinturón y tirantes.
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